Criminalización y condena tras criminalización y absolución
Un joven canario ha sido condenado por escribir mensajes en Twitter como “soy del GRAPO, puta España” o “Policía bueno, policía muerto”, “El 11-S no fue un drama, fue Justicia” o “Colgaremos al último político con las tripas del último policía”.
La sala de apelaciones de la Audiencia Nacional ha decidido imponer tres meses de cárcel y seis años de inhabilitación a un joven que escribió en Twitter frases como «Soy del GRAPO, puta España» o «por cada familia desahuciada, una sucursal quemada». Los tres magistrados revocan la absolución dictada en marzo por sus compañeros de la sección segunda y entienden que ese tipo de mensajes constituyen «una invitación a la utilización de métodos terroristas».
El acusado, un joven canario de 25 años, escribió casi treinta mensajes a lo largo de cuatro años en su cuenta de 250 seguidores con dichos mensajes.
Unos mensajes que para la sección segunda de lo penal podían no ser «socialmente admisibles ni tolerables» pero tampoco un delito de odio o de enaltecimiento del terrorismo, y que para sus compañeros de la sala de apelaciones sí son delictivos: allí donde la primera sentencia declaraba probado que los ‘tuits’ respondían a una manera «aireada y exagerada» de exteriorizar «su protesta y disconformidad con la sociedad en la que vive», en la segunda se entiende que sus mensajes son «un incentivo indirecto a apreciar de manera positiva la realización de un acto criminal, y tienen como fin desencadenar un reflejo emocional de hostilidad, incitando y promoviendo el odio y la intolerancia».
La sentencia -la primera en la que la sala de apelaciones revoca la absolución de un usuario de Twitter por este tipo de mensajes- le impone tres meses de cárcel y seis años de inhabilitación por un delito de enaltecimiento del terrorismo, ordenando también el borrado de sus mensajes en Twitter. Su defensa ya ha llevado el caso ante el Tribunal Supremo.
«Incentivos» al terrorismo
A lo largo de la sentencia, los magistrados Eloy Velasco, Enrique López y José Ramón Navarro examinan la doctrina tanto nacional como internacional sobre la libertad de expresión y el enaltecimiento del terrorismo, examinando sentencias como las de Strawberry, Cassandra, Arkaitz Terrón o Valtonyc y también resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo para concluir que es necesario que estos mensajes generen un «riesgo abstracto» y que esto es «un incentivo indirecto al lector potencial a apreciar de manera positiva la realización de un acto criminal».
En este caso, los tres magistrados llevan la contraria a sus compañeros de la Audiencia Nacional y explican que estos ‘tuits’ son «sin lugar a dudas una justificación de los medios violentos y una invitación a la utilización de métodos terroristas», presentando «el asesinato de policías y banqueros como algo necesario». Estos mensajes, dicen los magistrados, «rezuman un discurso de aniquilación del adversario ideológico en un marco de clara hostilidad y deseo de violencia».
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