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Legalización del régimen del 39 -I de II-
La “reforma” del régimen se convirtió en una necesidad para la supervivencia del mismo. Respecto a las nacionalidades supuso enterrar el derecho de estas naciones a la autodeterminación, que había sido una reivindicación enarbolada por amplios sectores populares.
La Constitución de 1978establece la “indisoluble unidad de la Nación española” y, a renglón seguido, “garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran”.
Para garantizar esa “indisoluble unidad”, su artículo 8 confiere a las Fuerzas Armadas la misión de “defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”.
Pues bien, esta es una (entre otras muchas) prueba palpable de que la Constitución del 78 legalizó la continuación del régimen del 39; esta legalización no habría sido posible sin la traición del PCE, la colaboración de las burguesías nacionales de esas nacionalidades y la de los partidos reformistas que se apresuraron a integrarse en el sistema, renunciando a cualquier reivindicación popular y en concreto al derecho de autodeterminación. Reivindicación que estaba recogida en sus programas, como en el del PSOE, que en su Congreso celebrado en Suresnes en 1974, aprobaba “el pleno reconocimiento del derecho de autodeterminación”. Como buenos conversos, se convirtieron poco más tarde en los más férreos defensores de la España, “una, grande y libre”.
Con la aprobación de la Constitución se abrió el camino a lo que denominaron el “Estado de las autonomías”. La cuestión nacional se eliminó de un plumazo, concediendo a todas las regiones y comunidades los mismos derechos, la posibilidad de crear gobiernos autónomos y dotarse de Estatutos.
De esta forma, las nacionalidades quedaron asimiladas e igualadas al resto de regiones.
Los actuales Estatutos de Autonomía nada tienen que ver con los que fueron aprobados durante la II República, con el apoyo masivo de los sectores …/…