El preso político Xabier Atristain sale de prisión tras el fallo europeo contra la incomunicación / Tortura: Navarra, Bilbo, Granada, en las cárceles / Sentencia pone libertad de expresión por encima Ley Mordaza.

Foto. Atristain sale de la cárcel.

Muro de solidaridad y denuncias:

Por vulnerarle derechos en la incomunicación:

-El preso político Xabier Atristain sale de Martutene tras el fallo europeo contra la incomunicación.

El donostiarra Xabier Atristain abandonó la prisión de Martutene el pasado 17 de febrero, tras la sentencia europea que declaró vulnerados sus derechos en la incomunicación. La Audiencia Nacional lo deja libre a la espera de que el Supremo materialice el fallo de Estrasburgo.

https://www.naiz.eus/eu/info/noticia/20220217/xabier-atristain-abandona-la-prision-de-martutene

Cartel Red de Personas Torturadas en Navarra.

Tortura:

-Se ha presentado en Berriozar la asociación de Torturados de Nafarroa.

Son unos 150. Pero todo apunta a que en las últimas décadas las cifras podrían llegar hasta rondar el millar. Mil personas torturadas a manos de las fuerzas de seguridad del Estado en las últimas 6 décadas en una población que superó los 600.000 habitantes hace pocos años.

Lo que piden es verdad, reparación y garantías para que nunca más se repitan las torturas. Para eso el Gobierno de Navarra debe permitir una investigación oficial, profesional e independiente.

«Acabar con la tortura, tratar de combatirla, requiere acciones preventivas, pero también la asunción de responsabilidades por parte de quienes han diseñado su aplicación sistemática, la han llevado acabo o han intentado ocultarla. Pero sobre todo, el reconocimiento de su práctica y el sufrimiento causado»

Próxima movilización: 25 de junio.

Cartel «Contra las torturas y los malos tratos en las cárceles. Cárcel es tortura».

-El T.C. da amparo a un preso que denunció torturas y malos tratos.

El Tribunal Constitucional (TC) ha concedido el amparo a un preso que denunció haber sufrido torturas y malos tratos por parte de funcionarios de prisiones, por considerar que la investigación judicial no fue suficiente ni exhaustiva.

La Sala Segunda ha dictado una sentencia en la que anula las resoluciones del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Arganda del Rey y de la Audiencia de Madrid, de manera que ordena retomar la investigación de la denuncia tras reconocer el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, en relación con su derecho a no ser sometido a torturas ni a tratos inhumanos.

El hombre, que cumplía condena en la prisión madrileña de Estremera, presentó una denuncia ante el juzgado de guardia por torturas y malos tratos que decía haber sufrido el 16 de mayo de 2018 por parte de tres funcionarios. El director del centro penitenciario remitió un informe al juez en el que ponía de manifiesto que aquel día el interno protagonizó un incidente violento en el módulo de régimen cerrado con amenazas a los funcionarios, intento de agresión a los mismos e intentos de autolesión, lo que motivó la intervención de los funcionarios para evitar que se autolesionara. Por ello, se aplicó “aislamiento provisional con la necesidad de utilizar la sujeción mecánica de duración prolongada con correas homologadas, debido a la agresividad que presentaba”, una actuación que se comunicó al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria junto al parte médico, que dice que no se aprecian lesiones. Pero en su declaración, el hombre apuntó a los que los malos tratos fueron por parte de tres funcionarios, “que le golpearon porque el día anterior se había declarado en huelga de hambre y al día siguiente le negaron la salida al patio (…) le pusieron los grilletes antes de salir de la celda” y que uno de ellos “le pega en la cara con la mano abierta y le tiró al suelo”. Tras ello, “salió a gatas corriendo de la celda y se pone en el pasillo donde hay cámaras de vigilancia para que se le vea” mientras un funcionario entra en la celda donde “se escuchan golpes como si lo estuviera rompiendo todo”. Más tarde le pusieron sujeción mecánica y “cree que lo hicieron todo para disimular la paliza”, negando que los incidentes tuvieran como motivo la inspección de su celda, sino que “fueron a propósito a pegarle la paliza”.

El juez reclamó a la prisión las grabaciones de aquel día, con una cámara apuntando a su celda, pero el centro respondió que ya no disponía de ellas porque “el sistema de grabaciones las borra pasando un tiempo”. Mientras que dos de los funcionarios negaron la agresión y afirmaron que lo que ocurrió es que el interno se estaba autolesionando -se grapó los labios- y ellos solo trataron de reducirle sin que le causaran lesión alguna. Al término de la declaración de los funcionarios, el juez archivó la causa por las versiones contradictorias de las partes y en base al informe médico en el que no se hacía constar que el denunciante presentara lesión compatible con los hechos denunciados.

El interno recurrió en apelación y solicitó la declaración del tercer funcionario, la aportación de los diversos informes médicos y el testimonio de tres presos que fueron testigos. Pero la Audiencia Provincial no consideró relevantes ninguna de estas peticiones y desestimó el recurso del interno, que acudió tras ello en amparo al Constitucional, que indica que “la investigación judicial de los hechos no alcanza la suficiencia y efectividad exigida por la jurisprudencia constitucional en este tipo de casos”.

Se incide en que, constatado que el denunciante estaba interno en un módulo de aislamiento, no puede considerarse como un déficit de veracidad de su denuncia que no hiciera un relato más detallado de los hechos denunciados y los demorara hasta su declaración judicial, un acto procesal que fue señalado por el juzgado casi cinco meses después mediante videoconferencia.

La sentencia destaca que no cabe excluir una posible renuencia en la colaboración del centro penitenciario en el esclarecimiento de los hechos como elemento justificativo, para que se perseverara en la investigación judicial. En concreto, los magistrados destacan que el mismo día en que cursó la denuncia había solicitado por escrito a la dirección del centro que no se borraran las imágenes de las cámaras pero que la respuesta del centro cuando fue requerida judicialmente la entrega de esas imágenes, fue que ya habían sido borradas por el sistema por falta de solicitud judicial en plazo.Igualmente, el Tribunal reprocha que se rechazaran ciertas diligencias como no tomar declaración a los testigos que propuso el interno por ser testigos auditivos y no visuales, un hecho que para el TC no puede ser excluido.

Y advierte de las contradicciones sobre la ausencia de lesiones cuando el parte de incidencia recogía el grapado de la boca o la presencia de sangre en la nariz.

http://tokata.info/el-tribunal-constitucional-da-amparo-a-un-preso-que-denuncio-torturas-y-malos-tratos/

Noticia Ertzaintza investigada por malos tratos.

-Un juzgado de Bilbo investiga a la Ertzaintza por golpear a dos jóvenes esposados.

Un juzgado ha abierto una investigación tras un vídeo en el que aparecen dos agentes de la Ertzaintza golpeando a dos jóvenes esposados en el barrio bilbaíno de San Francisco. El Departamento de Seguridad lo ha confirmado y ha anunciado una indagación interna, aunque dándole largas.

https://www.naiz.eus/eu/info/noticia/20220216/un-juzgado-de-bilbo-investiga-un-caso-de-brutalidad-policial-por-parte-de-la-ertzaintza

Foto. Enorme moratón de uno de los heridos.

-Tres jóvenes acusan a policías locales de Granada de torturas y detención ilegal.

Según la denuncia, los jóvenes escucharon cómo varios agentes de policía se acercaban a su vehículo al grito de ‘estos son los rojos de mierda’ para, acto seguido, forzar la puerta de la furgoneta y golpearles.

https://www.lamarea.com/2022/02/16/tres-jovenes-acusan-a-policias-locales-de-granada-de-torturas-y-detencion-ilegal/

Dibujo. La GC se lleva a detenidos, de noche.

-Ya está bien.

No era mi intención adentrarme nuevamente por terrenos ya recorridos, pero el contenido del Informe que me acaba de llegar del Instituto Arrupe sobre Injusticia padecida por integrantes de la Fuerzas de Seguridad del Estado, así como de sus familias, a manos de ETA, en el período comprendido entre 1960 y 2011, me obliga, en honor a la verdad, a dar mi opinión al respecto.

Como mínimo, habría que distinguir dos etapas: de 1960 a 1977, y subrayar el 15 de junio de 1977, con las primeras elecciones, con una raya muy gruesa, y de 1977 hasta el final, aunque, a decir verdad, la llegada de la democracia tuvo en los primeros años muy poca influencia sobre la actuación de esa policía.

https://www.noticiasdegipuzkoa.eus/opinion/tribuna-abierta/2022/02/14/ya-esta-bien/1184337.html

Foto. Acción frente Junta del BBVA.

Libertad de expresión:

-Sentencia histórica pone la libertad de expresión por encima de la Ley Mordaza.

La jueza del Juzgado nº 1 de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz absolvió a una activista que denunciaba la financiación de la industria armamentística por parte del BBVA.

https://www.ecuadoretxea.org/sentencia-historica-pone-la-libertad-de-expresion-por-encima-de-la-ley-mordaza/

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