Memoria histórica imprescindible:
-Persecución de las mujeres LTB en España.
Recogido en la revista Gehitu.
«Por eso Dios los entregó a aprietos sexuales vergonzosos, porque las hembras cambiaron el uso sexual de sí mismas» (San Pablo)
La Biblia hace mención al amor y al sexo entre mujeres y evoca el castigo que merecen estas conductas contrarias a las normas impuestas.
En 1260 se promulgó el Livre de justicia et de pier, la primera ley civil que condenaba el lesbianismo.
Margarida Borrás (Mallorca-Valencia, 28 de julio de 1460) fue el primer caso documentado en Valencia, de persona torturada y ejecutada por ser transexual. La ejecución de Margarida fue particularmente infame. Se le obligó a vestir ropas de hombre y a llevar camisa corta para que así se vieran les vergonyes cuando colgara de la horca.
Existe constancia del ajusticiamiento de Margarida gracias a las anotaciones contenidas en el dietario del sacerdote Melchor Miralles, capellán de Alfons el Magnanim, que asistió a la ejecución. Según Miralles, Borrás ‘estuvo en muchas casas de Valencia con ropas de mujer’ . En cuanto fue sabido esto, la detuvieron y torturaron. Señala también el capellán en sus notas, que los amantes de Margarida fueron detenidos y torturados igualmente, aunque se ignora si se les condenó a cumplir alguna pena.
Una pragmática de los Reyes Católicos promulgada en 1497, hacía referencia al castigo que recibirían las mujeres que tuvieran sexo con otras mujeres:
Lo mismo en cuanto a las mujeres, si una fémina actúa contra natura con otra, o el varón con la fémina contra natura […J. Pero cuando se verifique que las mujeres pecan como se ha expresado, […] dado que este coito de mujer con mujer no se halla castigado ni por la ley divina ni humana l…] si bien es pecado grave, no es tan grave como el vicio sodomítico de varón con varón, pues es mayor la perturbación del orden natural en el sodomítico que en éste (de las mujeres) […] Segundo porque en aquél (vicio sodomítico), se perfecciona el coito, y la imagen de Dios resulta dañada: sin embargo […] es imposible la polución entre mujeres, pues solamente resulta dañada su voluntad, dado que consienten en el acto libidinoso y lo persiguen con vehemente deseo; pero no pueden conseguirlo, y las mismas saben que no lo pueden lograr. En tercer lugar, porque el vicio sodomítico es más repugnante a las intenciones de la naturaleza, de donde debe interpretarse que estas mujeres delincuentes no deban ser castigadas con la muerte en las llamas como por el vicio sodomítico, sino con otras penas arbitrarias inferiores a la pena de muerte, penas que serán más severas cuando se viole la virginidad por medio de algún instrumento (…).
Como se deduce de este texto, las relaciones entre mujeres se consideraban menos reprobables que los actos sexuales entre hombres. El derroche de semen sin finalidad procreadora está en la génesis de esta mayor inquina punitiva. Se consideraba que, al no darse esta circunstancia en el caso de dos mujeres, sus prácticas sexuales merecían un castigo menor.
En 1745 la Inquisición condenó a Francisca García ‘La desnarizada’ por bruja, prostituta y lesbiana ya que varias mujeres testificaron que las había seducido para mantener relaciones sexuales: La rea quería divertirse con ella como sí fuese hombre fingiendo miembro según su antojo.
Los jueces inquisitoriales actuaban en aquellos supuestos en los que advertían prácticas sexuales que se consideraban desviadas y, en consecuencia, heréticas. Era, por tanto, la herejía lo que la Inquisición perseguía ya que no era de su competencia juzgar las prácticas sexuales.
El 8 de junio de 1901, en la Iglesia San Jorge de A Coruña, se casaron Marcela Gracia Ibeas y Elisa Sánchez Loriga, dos maestras que se habían conocido cuando estudiaban magisterio en una institución religiosa. Elisa se hacía pasar por un hombre llamado Mario Sánchez. Cuando las descubrieron, fueron sometidas al escarnio público y perseguidas por las autoridades. Huyeron a Portugal donde las detuvieron y encarcelaron a petición de la policía española. Pasaron varias semanas en prisión hasta ser absueltas, momento en el que decidieron marcharse a Buenos Aires.
Respecto a las relaciones afectivas y sexuales entre mujeres, el código penal de 1928 establecía:
En los delitos de abusos deshonestos sin publicidad ni escándalo entre hembras, bastará la denuncia de cualquiera de ellas, y si se realiza con publicidad o produce escándalo, bastará la denuncia de cualquier persona. En los cometidos entre hombres, se procederá de oficio.
El régimen de Franco excluyó a las mujeres lesbianas y bisexuales de la ley de peligrosidad y rehabilitación social ya que en esa época no se concebía que dos mujeres pudiesen tener relaciones sexuales. Aquellas que se desviaban de su cometido de esposas y madres eran reprimidas por sus familias que las internaban en sanatorios mentales, donde les aplicaban sesiones de electroshock para curarlas o las enclaustraban en conventos para enderezarlas. No obstante, se siguieron procedimientos penales contra algunas mujeres durante la dictadura franquista por apartarse de la heteronormatividad impuesta.
Está documentado el caso de María Elena, detenida el 26 de marzo de 1969. Fue condenada por la Ley de Vagos y Maleantes a internamiento entre 127 días y un año, 2 años de prohibición de residencia en Barcelona y 2 años de vigilancia. En su expediente, el nº 296 de 30 de Marzo, se hacía constar:
Desde el punto de vista cromosómico, se trata de una mujer con los senos poco desarrollados, pero con una conformación normal de su aparato sexual. El clítoris es de tamaño normal. Sin embargo, para un diagnóstico exacto de su síndrome sería necesaria la comprobación de su sexo cromosómico. Esto no hemos podido hacerlo. De todas formas pensamos que no se trata de una desviación cromosómica sino de una desviación psíquica en que una vivencia ha desviado el curso normal de la libido.
Este texto es una muestra de cómo la represión de las mujeres LTB en tiempos de Franco estaba muy ligada no solo a la justicia, sino también a la medicina con unas consecuencias devastadoras.
A las mujeres trans, el franquismo las etiquetaba como travestis. Las detenían y se decretaba su ingreso en la prisión de Badajoz donde encarcelaban a los llamados homosexuales pasivos. Allí se les sometía a terapias para curarles y eran víctimas de maltrato. Tras salir de la cárcel, las mujeres trans eran desterradas de su lugar de residencia.
La ley de peligrosidad y rehabilitación social se reformó el 26 de diciembre de 1978 eliminándose de su articulado el delito de homosexualidad. Sin embargo, las mujeres trans siguieron padeciendo detenciones acusadas de escándalo público. En base a ese delito, el 23 de octubre de 1986, la policía detuvo a dos mujeres por besarse en la boca en la Puerta del Sol. El delito de escándalo público fue derogado en 1988…
-Mujeres LTB durante el franquismo.
Inma García de la Fuente. Asociación DeFrente.
Expediente nº 96 de 1974 Sentencia nº 126
1º RESULTADO PROBADO y así se declara que MAGDALENA, nacida el dos de marzo de mil novecientos cincuenta y cinco, la que reconocida médicamente presentaba una frigidez sexual al sexo masculino, aunque sin motivación orgánica, ha mantenido contactos sexuales con personas de su mismo sexo hasta el año de mil novecientos setenta y cuatro, sin que en la actualidad conste que persista en la misma línea de conducta.
Este extracto de sentencia es uno de los pocos expedientes que podemos encontrar de los años de la dictadura franquista.
Las mujeres formamos parte de la historia de un país donde el derecho al voto, al divorcio, a la autonomía personal y la visibilidad en el ámbito político se nos cortó de cuajo en 1939, imponiéndonos desde esa terrible fecha un código jurídico e ideológico-represivo que exaltaba la maternidad y los valores «femeninos», presuntamente eternos, de abnegación, silencio y sacrificio. «El denominador común del franquismo es que todos eran maricones. No supo distinguir entre orientación sexual e identidad de género. Las mujeres trans eran consideradas travestis u homosexuales», «Trans, homosexuales y bisexuales iban al mismo saco conceptual de los desviados», como expuso Fernando Olmeda en su libro ‘El látigo y la pluma’.
La Segunda República había descriminalizado la homosexualidad en el Código Penal de 1932.
En 1954 se sumó la homosexualidad a la lista de personas peligrosas para la sociedad en la Ley de Peligrosidad Social, junto con proxenetas, asesinos y rufianes.
En la Ley de LPRS se considera a los homosexuales propensos a realizar hechos delictivos o antisociales por su opción sexual (es decir, que se castigaba un delito sin que se hubiera cometido).
A las mujeres lesbianas no se les podía «degradar» tratándolas como si fueran hombres. Constituían un mal ejemplo y creaban situaciones que no se podían resolver en el marco de la sociedad tradicional, ignorarlas era la mejor solución.
Es difícil encontrar documentación sobre diversas formas de control y represión, por no decir imposible. Frente a los 152 gais juzgados entre el 74 y 75, solo 2 mujeres. La diferencia es debida a que «el Estado no reprimía a las mujeres porque delegaba esas tareas a sus familias, las mujeres lesbianas no iban a las cárceles, iban a los conventos o manicomios». Incluso durante la transición, las organizaciones de mujeres constataban que la influencia de cuarenta años de franquismo, unida a la consideración de que el lesbianismo era una enfermedad, generaban en las lesbianas diferentes problemas psicológicos y las hacían pasar por tratamientos que las atiborraban a medicamentos.
Con la entrada del franquismo, llega la regresión, todo lo conseguido en la II República a favor de la mujer queda eliminado, la sección femenina era la encargada de marcar el paso a las mujeres.
La Iglesia Católica suministra el discurso condenatorio, identificando a la buena mujer con la buena católica. Quienes no lo eran serán consideradas de dudosa moral pública y privada.
Anécdota:
Dolores «la estraperlista» es detenida por el estraperlo y por su relación con los huidos rojos, llamada a declarar una vecina, esta dice que todo es cierto y que también mantiene relaciones con Encarnación Murcia, que también la llaman a declarar, pero en ningún momento se le pregunta por su relación sexual con Dolores. En el fallo del tribunal solo se le condena por su relación con los rojos huidos.
Sin embargo, a Antonio Tamujo, militar de 28 años, de servicio en la caja de reclutas de Cádiz, en noviembre del 36, se le acusa de haber cometido actos deshonestos con individuos de su mismo sexo, tanto la declaración de un testigo, como los escritos del delegado de Orden Público de Cádiz y del coronel retirado que informa del caso, hacen hincapié en su carácter de invertido. Se lo condena a 6 años de prisión. En la cubierta de su expediente, alguien escribió, por si había alguna duda sobre los hechos constitutivos de delito «Ojo Maricón».
Tomando en consideración los dos casos citados, podríamos decir que, en primer lugar, la homosexualidad viene a sumarse, junto con la prostitución femenina, aunque no en la misma consideración, a la lista de hechos transgresores de la moral católica. Que dicha homosexualidad, en segundo lugar, era jurídicamente más punible si la practicaba un hombre que una mujer. En este ultimo caso, la calificación de la mujer es la de viciosa y su vicio es un elemento más de su degradación moral y social (vive en una chabola, estraperlista, roba, etc.), en el caso del hombre, la calificación que merece es la de invertido.
La homosexualidad masculina tenía más transcendencia judicial y social que la femenina, era más visible y debía ser, por tanto, objeto de mayor castigo.
Otro caso es el de Mª Elena, detenida un 26 de marzo del 68. Según la Guardia Civil que la detuvo, utilizaba zapatillas de baloncesto, calcetines y calzoncillos frente a los zapatos de tacón, medias y las bragas exclusivas y obligatorias para las mujeres de sus tiempos. En su expediente se le considera una «sudaca» (gitana, mora, negra, etc..), la inscripción realizada en la lectura de la sexualidad desviada es a menudo determinante para generar discursos sobre la peligrosidad y degeneración racializada, anulando consideraciones racistas sobre la degeneración social, racial, moral y sexual de estas personas. De comportamiento indeseable y reincidente, una problemática bebedora que requería de la intervención del Estado para controlar sus impulsos. La desnudaban para medir su cuerpo y sus formas. La evidencia de un cuerpo aparentemente normal «el clítoris es de un tamaño normal» ponía sobre la mesa la necesidad de observar su genotipo y las influencias ambientales que han llevado a la mujer a comportarse de esa manera. Las monjas optaban por ignorar la existencia de opciones sexuales diferentes, en lugar de sancionar estas conductas, se empeñaban en feminizar a las internas que veían muy masculinas mediante un régimen de sujeción a la oración y una inmersión forzosa en las labores femeninas de punto y labor.
Allá por el 73 las monjas carcelarias, pese al frío, no dejaban que las presas usaran pantalones por el peligro al lesbianismo. Los conventos se convierten en cárceles de mujeres donde las monjas eran sus carceleras (la dirección y seguridad eran militares).
El 28 de diciembre del 39, por decreto, Franco entrega el control exclusivo del Servicio Social de la Mujer a la Sección Femenina, emulo fascista del servicio militar. La SF temía la masculinización de la mujer tanto en su vestimenta como en sus actitudes. Por eso llego a prohibir la realización de ciertos deportes, como el atletismo, ya que además de considerar una práctica de hombres, existía la creencia de que en el mundo deportivo se corría el riesgo de encontrar lesbianas.
Para la psiquiatría «las mujeres eran inherentemente patológicas, de una naturaleza inferior, seres infantiles, y así se hace necesaria la regularización de sus instintos y comportamientos. Requieren de unos frenos que han de proveer tanto los varones como el Estado, para poder manejarse con un ser que será siempre menor de edad a inmaduro». Una mujer que no necesitaba de un hombre, y que además desafiaba el modelo impuesto, se convertía inmediatamente en un ser peligroso. A la hora de buscar una explicación al lesbianismo encabezaban la lista causas como el alcoholismo, la inmadurez sexual, las seductoras, las enfermedades venéreas, las decepciones, las influencias sociales y las aspiraciones de ser hombre, entre otras.
«El lesbianismo no es solo un acto criminal por la persona, sino porque estas pudiendo seducir a una perfecta ama de casa, madre y esposa».
Los psiquiatras Antonio Vallejo Nájera y Juan José López Ibor afines al Régimen, estaban interesados en encontrar el «gen rojo», su perspectiva sobre las mujeres rojas o no muestra elocuentemente la organización de la división sexual inserta en el nacionalcatolicismo. Estudiaron tanto el marxismo como la homosexualidad y la intersexualidad; también experimentaron y escribieron los usos de la lobotomía, las terapias de modificación de conducta asistida por electroshock y la castración terapéutica.
El estudio de lesbianas que han vivido las terapias aversivas y medidas represoras es una tarea aún pendiente de investigación.
El psiquiatra palentino, para demostrar su hipótesis, se rodea de criminólogos y asesores alemanes y sometió a prisioneros de guerra republicanos a pruebas macabras que les llevaron al borde del colapso, pero el régimen franquista detectó una laguna en su propio estudio manipulado hasta la caricatura: no habían estudiado a ninguna mujer, para remediarlo Vallejo Nájera contacta con el director de la clínica psiquiátrica de la prisión de mujeres de Málaga, juntos analizaron a 50 mujeres, aunque renunciaron a las evaluaciones físicas el considerar que los contornos femeninos resultaban impuros. Los resultados que incluían detalles sobre la vida sexual de las presas, como la edad en que perdieron su virginidad, a lo que se referían como «desfloración» desvelaron que predominaban las reacciones temperamentales y primarias, algo que les permitió afirmar que las mujeres republicanas tenían muchos puntos en común con animales y niños. También localizaron comportamientos esquizoides, debilidad mental e introversión.
Otra de las conclusiones dejaba al descubierto la paupérrima consideración que el sistema tenía a las mujeres, a quienes reducía a su papel de madres: A la mujer se le atrofia la inteligencia como las alas a las mariposas de la isla de Kerguelen, ya que su misión en el mundo no es la de luchar en la vida, sino acunar la descendencia de quien tiene que luchar por ella.