21 de Marzo, Madrid, juicio contra la amnistía total / Por la abolición del aislamiento carcelario en el Estado español / 15 de Navalcarnero: Asamblea abierta, 6-Mz / XXV Marcha a la cárcel de Topas, el 19 de Mayo.

Cartel. Juicio 21 Marzo.

Muro de solidaridad y denuncia:

Juicio contra amnistía total:

-El próximo 21 de marzo se juzgará a tres personas por manifestarse en Madrid a favor de la amnistía.

El juicio debería haberse celebrado el pasado 8 de febrero, pero se aplazó porque habían extraviado una de las pruebas.

Este próximo 21 de marzo se celebrará el juicio contra tres jóvenes detenidos al término de la manifestación pro-amnistía del 2019 en Madrid. Les acusan de delito de desórdenes públicos, atentado con objeto peligroso y resistencia contra la autoridad y la petición fiscal es de 4 años para cada uno de los acusados.

Octubre del 2019 fue un mes caliente, que estuvo marcado por la sentencia a los líderes del Procés catalán y las protestas llevadas a cabo principalmente en Cataluña. En esos días el Movimiento Antirrepresivo de Madrid celebraba su tradicional manifestación por la Amnistía que lleva celebrando anualmente durante estos últimos años. Según nos cuenta una de las personas encausadas “el ambiente estaba muy caldeado, estaban pasando muchas cosas esos días, además la manifestación ya llevaba varios años celebrándose, y a mí me llegó el panfleto por las redes sociales y sentí que había que ir, que había que hacer algo contra lo que estaba pasando”.

La manifestación transcurrió entre Atocha y la Puerta del Sol, pero al llegar a Sol algunos manifestantes continuaron la marcha hasta Callao: “teníamos que ir hacia Benavente para coger el autobús para volver a casa, pero toda la gente estaba empujando para subir hacia Callao, así que nos vimos arrastradas hacia arriba, y al llegar a Callao intentamos irnos, y en ese momento empezaron las cargas, las pelotas de goma y los disturbios. Queríamos irnos, pero por ´Gran Vía no podíamos porque estaban cargando” nos cuenta una de las detenidas.

Finalmente pudieron salir de la zona de Callao-Gran Vía y fueron hacia la zona de Opera “íbamos por la calle Bailén, andando ya tranquilamente, ya estábamos lejos de Callao y no teníamos ya ninguna sensación de peligro”, relata. Durante la manifestación una amiga les había dicho que tuvieran cuidado, porque los nazis habían salido también a montar bronca, así que cuando de repente se les acercaron dos personas y les dijeron que se pusieran contra la pared y con las manos en alto, “lo primero que pensé es que podían ser nazis –uno de ellos iba rapado y tenía bastante pinta-, no nos enseñaron ninguna placa en ningún momento y yo realmente no fui consciente de lo que estaba pasando hasta que nos metieron en un coche patrulla”, nos cuenta.

Esta persona nos cuenta que tras la detención “la cosa fue horrible, la cosa más traumática que he vivido en mi vida. Después de que nos llevarán a la comisaria más cercana nos metieron en una furgoneta y nos llevaron a Moratalaz, por el camino iban dando acelerones y frenazos para que nos golpeásemos mientras iban riéndose, además las esposas iban muy apretadas y haciéndonos daño”. Una vez en Moratalaz esta persona relata que no le dejaron tomar la medicación que llevaba encima y que tenía prescrita para la ansiedad, a otra chica la sacaron de la celda y cuando volvió le habían quitado la chaqueta, era octubre y empezaba a hacer frío, así que ante las quejas por quitarla la chaqueta un policía entro en la celda en tono amenazante y las quitó también las mantas. “Nos daban de comer a deshoras, no nos dejaban ir al baño y mi compañera de celda tuvo que acabar orinando en un vaso” recuerda esta persona.

El juicio debería haberse celebrado el pasado 8 de febrero, pero finalmente fue aplazado hasta este próximo 21 de marzo. La razón es que habían extraviado una de las pruebas: Un vídeo donde se ve que en Ópera no hubo ningún disturbio ni ningún enfrentamiento con la policía, que contradice la versión policial que dice que estas personas estaban en la zona de Ópera montando barricadas, rompiendo mobiliario urbano y prendiendo fuego.

«Yo he estado mal por temporadas después de esto y todo el tiempo de espera del juicio, sin saber que va a pasar y con mucha incertidumbre y con miedo de volver a pisar una manifestación” nos relata esta encausada. “Pero tras pasar el otro día por la Audiencia, ahora estoy más tranquila, porque la fiscal nos ofreció rebajar las penas a entre 3 y 6 meses, y aunque lo rechazamos nos quedó claro que si ahora, 4 años y medio después, nos ofrecen esa rebaja es porque realmente no tienen nada contra nosotros”.

Así las cosas, este próximo 21 de marzo volverán a la Audiencia Provincial de Madrid donde se celebrará finalmente el juicio. En un momento donde la represión está golpeando fuerte, condenando y encarcelando a personas con la única “prueba” de la palabra de la policía, o con sentencias que incluso absuelven a policías tras haber reconocido que se inventaron agresiones para detener manifestantes, y en un momento en que en el Congreso se está hablando de amnistía, un nuevo montaje policial llega a los juzgados por manifestarse precisamente por la amnistía total para todos los presos políticos.

https://madrid.lahaine.org/el-proximo-21-de-marzo

Postal. Presa dentro de cubículos.

Aislamiento = cementerio:

-El aislamiento carcelario en el Estado español

Begoña Oleaga y José Ramón Perez, miembros de Salhaketa-Araba

Al comienzo de 2.024, consideramos conveniente analizar cómo se decanta Euskadi y el Estado español en materia de Derechos humanos. Medir su grado de cumplimiento, -en este caso en el ámbito carcelario, tan ignorado por una gran parte de la sociedad y tan ocultado por las Administraciones públicas-, debería preocuparnos hasta despertar nuestro interés por el conocimiento de ese submundo plagado de pseudolegalidades.

El análisis lo realizamos sobre el Régimen de Aislamiento carcelario sometido a personas presas. Fijándonos en el proceder del Mº de Interior y su Institución Penitenciaria, ya que pese a la asunción de la competencia en esta materia por el Gobierno vasco, se sigue dependiendo de lo establecido por la regulación penitenciaria estatal.

¿De qué hablamos cuando decimos “Aislamiento Penitenciario” ?. El Informe Jurídico, de 60 pgs. – elaborado por un Colectivo de Asociaciones de Protección y Defensa de las Personas Presas, de ámbito estatal – lo define como el régimen asignado a determinados grupos de personas presas, tanto penadas como preventivas, a quienes la Administración penitenciaria los cataloga como inadaptadas al régimen común (2º grado) o peligrosas. Clasificación que depende de la valoración que hacen los funcionarios, a través de las Juntas de tratamiento y Equipos técnicos de cada prisión, con el visto bueno de la Secretaria General (Madrid).

Sus condiciones de vida vienen impuestas por normas que elabora la propia Administración penitenciaria, mediante una amalgama de Instrucciones, Circulares, Ordenes. De ahí que podamos afirmar que la práctica del aislamiento carcelario es ilegal al no fundamentarse en Ley Orgánica, preceptiva para restricciones de Derechos Constitucionales.

Su duración puede ser de hasta 45 días, por sanciones graves o muy graves o sin fecha de finalización, como modalidad de vida asignada.

¿En qué consiste el aislamiento ?

Podríamos definirlo como la cárcel dentro de la cárcel. Y resumiendo:

La persona presa permanece aislada en celda durante la mayor parte del día, salvo tres horas de salida al patio – sola o acompañada por otra persona presa en las mismas circunstancias – que puede aumentarse alguna hora más para realizar actividades, a juicio exclusivo de la Administración carcelaria.

Limitación de las actividades en común; insoportable y provocativo control (cacheos, desnudos integrales, etc.)

Las celdas suelen estar en plantas bajas, con escasa luminosidad, a veces tapadas las ventanas con placas metálicas agujereadas. Enseres mínimos, limitados a tres libros, 3 revistas o periódicos, material didáctico si, ocasionalmente, estudian; importantes restricciones de productos del propio economato y en cuestiones relacionadas con la higiene personal.

Conducción a locutorios de visitas, esposado y antes registrado; recibo y envío de sólo dos cartas semanales, que son revisadas, con vulneración de su intimidad. Si a eso se añade que pueden ser trasladados a cárceles lejanas de su ambiente familiar, las visitas se vuelven casi imposibles, por falta de medios económicos de los allegados.

Los efectos psíquicos del Aislamiento penitenciario conllevan destrucción de la personalidad, enfermedades mentales, ansiedad; efectos físicos, hipertensión, pérdida de visión y audición, fracturas por caídas, carencia de relaciones humanas que imposibilitan la vuelta a la normalidad y a la reincorporación social. Cuando se padece el aislamiento largo tiempo, proliferan los suicidios, con tasas muy elevadas, respecto de los producidos en la calle.

La vulneración de Derechos en el Aislamiento, conlleva la indefensión jurídica, – en casos conflictivos, al carecer de testigos para su defensa, por su aislamiento. Sentimiento de culpabilidad, rabia, agresividad …

Los testimonios de quienes han padecido el aislamiento – hay casos de hasta 30 años de duración, recogidos en el Informe – son sobrecogedores: “se sienten humillados, con frecuencia, por los carceleros; extrema sordidez de las instalaciones; pequeñas bombillas que impiden la lectura; duchas atascadas; colchones sucios, con vómitos; consultas médicas con presencia de funcionario, sin intimidad; recuentos nocturnos en posición de firmes; sujetos con grilletes, incluso atados a la cama con correas cuando el funcionario estima peligrosidad”.

Diversos Organismos Nacionales e Internacionales – Mecanismo de Prevención de la Tortura, Comité de DD.HH. de la ONU, Comité Europeo para la prevención de la Tortura, Pacto Internacional de DD.Civiles y Políticos, etc. – suelen girar visitas periódicas a cárceles españolas, redactando Informes sobre las vulneraciones de Derechos observadas y con recomendaciones al Estado español para su corrección. Pero al carecer dichas Resoluciones de fuerza vinculante, suelen quedarse sin efecto. Lo mismo sucede en el Tribunal Constitucional y Supremo españoles, cuyas sentencias reconocen que la medida de aislamiento sólo debe mantenerse en casos excepcionales, pero sin su debido rechazo, con lo que el sistema se mantiene.

La CONCLUSIÓN de la Plataforma, a la que pertenece Salhaketa-Araba, no puede ser otra que conseguir que el Parlamento español dicte Ley Orgánica por la que se declare la ABOLICIÓN del régimen del Aislamiento penitenciario y desaparezca en el tratamiento de las personas presas y penadas.

Y como sociedad, urge un conocimiento, debate y compromiso colectivo sobre la INSTITUCIÓN CÁRCEL que oculta tanto horror entre sus muros, con consecuencias irreparables para miles de seres humanos. Y en ello trabajamos.

https://halabedi.eus/es/iritzia/el-aislamiento-carcelario-en-el-estado-espanol/

Cartel asamblea, 6-Marzo Madrid.

Convocatorias:

-Asamblea abierta por los #15DeNavalcarnero

Ante el fascismo y su represión, organicemos la solidaridad y la lucha. ¡Ven a la asamblea abierta para preparar la campaña!

¡Absolución #15DeNavalcarnero!

¡NO PASARÁN!

Miércoles 6 marzo. 19 horas. Sede CNT. Tirso de Molina, 5. 2°izq

Absolución Antifascistas de Navalcarnero. MAR Madrid.

Cartel Marcha a Topas, 19 Mayo.

-XXV Marcha a la cárcel de Topas, el 19 de Mayo.

https://marchatopas.noblogs.org/

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