Muro de solidaridad y denuncias:
Criminalización:
-La A.N. condena al Estado a indemnizar al activista que pasó 16 meses en prisión acusado de terrorismo.
La Audiencia Nacional obliga a la administración a pagar 54.650 euros al joven por estar en régimen de aislamiento antes de que le absolvieran a él y a todos los imputados, que pertenecían a un grupo de activistas anarquistas y veganos.
La Audiencia Nacional ha obligado al Estado a indemnizar con 54.650 euros al activista de ‘Straight Edge’ –un grupo de anarquistas veganos– que pasó 16 meses en prisión provisional por una acusación de terrorismo de la que finalmente fue absuelto.
Los jueces corrigen al Ministerio de Justicia y exigen indemnizar al joven no solo por el tiempo que pasó encarcelado de forma preventiva por un delito que no cometió, sino también por la depresión que padece desde entonces, el daño que la investigación hizo a su imagen y la dureza del régimen de aislamiento que padeció en los módulos más conflictivos de las cinco cárceles distintas en las que estuvo.
Este joven fue uno de los anarquistas detenidos en noviembre de 2015 en una operación lanzada por la Policía y que recayó en la jueza Audiencia Nacional Carmen Lamela. El objetivo, afirmaban entonces los investigadores, era desmantelar el grupo ‘Straight Edge’, al que acusaron de reventar cajeros con explosivos caseros además de “apoyar” en internet los ataques a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Varios de estos anarquistas veganos detenidos en Madrid fueron enviados a prisión. Algunos de ellos pasaron unas pocas semanas entre rejas de forma preventiva. Otro, defendido por el abogado Eduardo Gómez de Red Jurídica, pasó 16 meses en la cárcel. El operativo fue bautizado y ampliamente difundido como ‘operación Ice’ y después de varios años de investigación terminó en nada.
Ni siquiera la Fiscalía, que había llegado a pedir más de 30 años de presidio entre todos los encausados, recurrió la absolución por enaltecimiento de terrorismo después de desistir de buena parte de las acusaciones que llevaba años impulsando. Un enaltecimiento que la Audiencia Nacional no vio por ningún lado: “No consta que hayan generado el riesgo de cometer actos de terrorismo, ni siquiera en abstracto”, dijeron los jueces. Sus comentarios denotaban “una oposición de rebeldía” pero “en modo alguno un ataque directo o indirecto al Estado y sus instituciones”, zanjó la Sala de lo Penal
Para entonces, el anarquista había pasado casi año y medio en prisión. Concretamente, desde el cuatro de noviembre de 2015 hasta el ocho de marzo de 2017. Fue puesto en libertad, explicó la jueza Lamela, porque la investigación “prácticamente” había terminado y teniendo en cuenta entonces el “arraigo familiar” que tiene en España. Para entonces había pasado por cinco cárceles y había estado en régimen de aislamiento en algunos de los módulos más conflictivos.
La labor instructora de la jueza Carmen Lamela, hoy magistrada de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, se ha traducido en una nueva condena económica para el Estado. Uno de los absueltos pasó 16 días en prisión y tuvo que ser indemnizado con 1.660 euros. Ahora ha sido la misma Audiencia Nacional la que ha condenado a la administración a indemnizar al joven anarquista con 54.650 euros por el tiempo que pasó entre rejas acusado de terrorismo antes de ser absuelto.
En el caso del recurrente, cuya reclamación recibió el silencio administrativo del Ministerio de Justicia y la oposición de la Abogacía del Estado, no solo hay que tener en cuenta el tiempo que pasó entre rejas. También que su etapa en la cárcel “se vio agravada al parecer por un severo régimen penitenciario aplicado en función del tipo de delito imputado”. Es decir, todo el tiempo que pasó en aislamiento acusado de terrorismo.
La sentencia también recoge las consecuencias de su encarcelamiento para cuantificar su indemnización: “Un trastorno de estrés postraumático así como una depresión grave”, tal y como acredita un informe pericial aportado al proceso. Finalmente, también reconoce una parte del resarcimiento por “el impacto negativo que para la honorabilidad del recurrente tuvo la repercusión del caso en los medios de comunicación, con particular incidencia en internet”.
Militarización y fascistización:
-El PP urge a enviar el ejército a las fronteras para cometer nuevo genocidio contra los inmigrantes africanos.
En este contexto, el portavoz del PP en el Congreso, Miguel Tellado, dijo lo siguiente:
“Tenemos que tratar el problema de la inmigración ilegal en origen para que esas pateras no salgan y no lleguen a Canarias. El Gobierno puede disponer de las Fuerzas Armadas para defender nuestras fronteras y desplegar embarcaciones que impidan que esos cayucos, que ponen en riesgo la vida de las personas que van en ellos, salgan al mar y lleguen a nuestro país”.
El argumento de luchar contra las mafias es falso. Además, es extremadamente cínico, porque argumenta que hay que desplegar al ejército para ayudarles, pero es falso. Es para que no lleguen a suelo español, como el mismo portavoz del PP admite. ¿De qué sirve desplegar al ejército? ¿Cómo van a evitar que lleguen inmigrantes a las Islas Canarias?…
Nacional-catolicismo:
-La Xunta avaló que un colegio concertado financiado con dinero público obligue a los alumnos a ir a misa.
Inspección educativa negó además a una familia que tuviese derecho a exigir alternativa a la materia de religión en los Escolapios-Calansanz de A Coruña.
La Xunta dice un año y medio después que ha dado instrucciones para corregir la situación el curso que viene.
El Gobierno gallego, a través de su servicio de inspección educativa, avaló que un colegio concertado financiado con dinero público obligase a los alumnos de Primaria a asistir a misa y ni siquiera ofreciese a sus matriculados una opción alternativa a las clases de religión. Fue una familia la que en 2022 puso la situación de los Calasanz Escolapios de A Coruña en conocimiento de la Consellería de Educación, pero esta solo les planteó, en enero de 2023, una solución: “Haber escolarizado a sus hijos en cualquier centro público o concertado laico del entorno”.
Pero, en realidad, el decreto 155/2022 de la propia Xunta de Galicia establece su propia obligación de “garantizar que, al comienzo del curso, las madres, los padres o las personas tutoras legales puedan manifestar su voluntad de que sus hijas, sus hijos o las personas que tutelen reciban o no enseñanza de religión”.
“El Movimiento Calasanz transformará el modo de hacer Iglesia y hacer Escuela Pía, pero eso necesita tiempo. Hay que mantener el rumbo y seguir trabajando”. Desafíos del Sínodo a las Escuelas Pías, P. Gral, Pedro Aguado. Oaxaca, 2019.