Internacional:
Italia
-Estado policial. Delitos, agravantes y más cárcel.
El catálogo de los enemigos de la derecha pasa ahora al Senado. ‘Tendrá prioridad’ asegura Salvini.
De ocupas a ecoactivistas: la mayoría persigue a los medios y devuelve el golpe a las luchas y criminaliza la disidencia.
«Devolver la seguridad jurídica a los propietarios de viviendas y meter en la cárcel a quienes las ocupan y desalojan más allá de la cháchara ajena y de los procesos políticos, es un servicio a los italianos»
Con estas palabras saludaba Matteo Salvini (1) en el Transatlántico (2) de la Cámara la aprobación en primera lectura del Ddl sicurezza (proyecto de ley de seguridad) con 162 síes y 91 noes. El paquete de normas que establecen nuevos delitos y endurecen las penas contiene prácticamente todo el muestrario de cuestiones sociales convertidas en emergencias a reprimir.
El ejemplo de Salvini es emblemático: el ministro de Infraestructuras, que debería encargarse de las políticas de vivienda, habla de vivienda (y de la emergencia mediática de las ocupaciones), ha cancelado todas las medidas de apoyo a los que tienen dificultades y evita el diálogo con los sindicatos y las asociaciones que protegen a los inquilinos.
Preguntado por si su partido instará a una rápida aprobación definitiva de la medida, el líder de la Lega respondió: «Absolutamente sí, cuanto antes se apruebe mejor, afecta a la vida de los ciudadanos para bien. La Liga pedirá un cauce de absoluta urgencia, lo dicen los datos de seguridad’.
ADEMÁS, el riesgo es que la pelota pase pronto al Senado. Ayer, durante la aprobación final, la mayoría no pasó por alto una orden del día que comprometía al Gobierno a crear una mesa técnica para la introducción de la castración química en Italia en caso de delitos de violencia sexual u otros delitos graves determinados por motivos sexuales. Esta es la guinda del pastel pancriminalista, que contiene otros forzamientos del Estado de Derecho. En los últimos días se ha hablado de presas que vuelven a la cárcel, de la insensata represión del cannabis light (al parecer muy querido por el subsecretario de la presidencia del consejo Alfredo Mantovano), de las vejatorias regulaciones contra la resistencia pasiva en las calles (evidentemente diseñadas para golpear a esos peligrosos eco-activistas gandhianos) o en las prisiones (particularmente odiosas en tiempos de suicidios (3) y desesperación entre rejas) o de la circunstancia agravante diseñada para castigar las protestas si están dirigidas a impedir la realización de una obra pública o una infraestructura estratégica.
TAMBIÉN EXISTE el artículo 28, que autoriza a los agentes de seguridad pública a portar determinados tipos de armas sin licencia cuando no estén de servicio. Los carabineros, policías, policías financieros y policías penitenciarios podrán llevar sin licencia las armas enumeradas en el artículo 42 del Texto Único de Seguridad Pública (que se remonta al Real Decreto nº 773 de 1931): armas de fuego largas, revólveres y pistolas de cualquier tamaño, bastones animados con una longitud de hoja inferior a 65 centímetros. O el artículo 11, que, con la incorporación en la Comisión de una enmienda de la Liga, persigue las burbujas mediáticas de los justicieros youtubers (…) e introduce como circunstancia agravante la de «haber cometido el hecho en el interior o en las inmediaciones de estaciones de ferrocarril y metro o en el interior de convoyes utilizados para el transporte de viajeros».
No faltan las peligrosas secuelas de las desafortunadas elecciones de los gobiernos de centro-izquierda que introdujeron (el gobierno era el de Paolo Gentiloni (4), el ministro del Interior era Marco Minniti (5) el Daspo (6) Urbano. Ahora el Questore, en caso de reincidencia en conductas consideradas peligrosas, puede «ordenar la prohibición de acceso» a zonas de infraestructuras de transporte y sus anexos, como las estaciones, contra quienes incluso sólo estén denunciados o condenados incluso con sentencia no firme durante los cinco años anteriores. También se amplía la aplicación del arresto diferido en flagrante delito previsto para los acusados de lesiones personales a un funcionario público en acto de servicio: ahora, he aquí que también se aplicará en los casos en que el hecho se cometa en actos en lugar público o abierto al público.
LA DERECHA NO sólo pretende perseguir el consenso fácil de las urgencias virtuales, esas que parecen construirse para ocultar problemas reales, o inventarse nuevos enemigos. Parece que realmente quieren ajustar cuentas con la sociedad y con quienes la animan, con los conflictos que la hacen vivir y sobrevivir. Y que quieren hacerlo vaciando de leyes represivas los espacios públicos y toda forma de solidaridad y ayuda mutua que se pueda construir, como ocurre en un piquete antidesahucios, frente a una fábrica amenazada de cierre, en un lugar de detención donde se exigen condiciones más humanas. Un programa político, más que una simple represión.
Todo ello con el silencio cómplice de las «oposiciones parlamentarias», que, aparte de un mero voto en contra con banderas, no han movido un dedo para oponerse realmente a las nuevas leyes «fascistas», peores que el propio código Rocco. Al contrario: de unos 160 parlamentarios, en el momento de la votación en Montecitorio, ¡la «oposición» sólo contaba con 91 en la cámara! No sólo eso: antes de la votación final sobre el proyecto de ley, el PD y el Movimiento 5 Estrellas presentaron algunas agendas (aceptadas por el gobierno) comprometiendo a este último a aumentar el gasto para contratar nuevos policías y guardias de prisiones: la enésima prueba de cómo, aparte de algunos matices, en sustancia todos están unidos en la dirección de un endurecimiento de los dispositivos represivos, funcionales a la guerra y a la economía de guerra, es decir, ¡de hecho la introducción de una verdadera ley marcial!
Estos son los artículos más destacados del proyecto de ley:
Art. 1 – Introduce nuevos delitos, castigados con penas de hasta seis años, de posesión y/o difusión de material relativo a la preparación o uso de armas y sustancias peligrosas que puedan ser utilizadas para fines no especificados de terrorismo, incluido el terrorismo internacional.
Artículo 7 – Prevé la revocación de la ciudadanía italiana, en un plazo de 10 años a partir de la sentencia definitiva, contra los ciudadanos condenados por terrorismo o subversión.
Artículo 8 – Introduce en el código penal el nuevo artículo 634 bis, que castiga el delito de ocupación arbitraria de un inmueble destinado a vivienda ajena con una pena de dos a siete años de prisión tanto para el ocupante como para la persona que colabore con él. Esta disposición se suma al artículo 633 del Código Penal, que castiga la ocupación no autorizada de bienes inmuebles con penas de prisión de 2 a 4 años. Además, se introduce un nuevo artículo 321 bis en el Código de Procedimiento Penal, que otorga a la policía la facultad de desalojar inmediatamente la propiedad ocupada.
Art. 10 – Introduce la facultad del Questore de ordenar el desalojo de un ciudadano de una zona urbana determinada durante un máximo de 48 horas. Cabe imaginar, por tanto, su utilización ante manifestaciones y marchas sindicales y políticas. Amplía los casos en los que se puede dictar una DASPO urbana para incluir una DASPO judicial, ordenada por el juez como condición para la concesión de una sentencia suspendida.
Art. 11 – Restablece la sanción penal y deja de ser administrativa para el delito de obstrucción de la vía pública. Introduce la agravación de la pena de 6 meses a 2 años para quienes realicen un bloqueo de carretera o ferrocarril con su propio cuerpo y varias personas reunidas. Es la porra judicial para acabar con las huelgas de trabajadores y las manifestaciones no autorizadas.
Art. 12 y 13 – Son normas dirigidas contra los gitanos. La primera suprime la obligación del juez de aplazar la sentencia si la condenada está embarazada o es madre de un niño menor de un año, de modo que madre e hijo pueden ingresar en prisión a discreción del magistrado. El segundo castiga, con penas agravadas, no sólo a los que organizan la mendicidad, sino también a los que inducen a terceros a hacerlo.
Art. 14 – Introduce un aumento de un tercio de la pena para los delitos de violencia, amenaza o resistencia a funcionario público (ya previstos de seis meses a cinco años), si el delito se comete contra un funcionario o agente de policía, prohibiendo que el juez considere circunstancias atenuantes prevalentes sobre esta nueva circunstancia agravante.
Artículo 15 – Establece que se procederá de oficio -y ya no a instancia de parte- en caso de lesiones leves o muy leves a un funcionario o agente de policía en servicio, castigadas con penas de dos a cinco años.
Artículo 20 – autoriza a los policías y agentes a llevar armas sin licencia, incluso cuando no estén de servicio.
Estas tres normas blindan y amparan la actuación violenta en acto de servicio y el posible uso de armas fuera de servicio por parte de 300.000 policías y agentes (de la Policía, Carabinieri, Hacienda, Policía Local) contra los ciudadanos.
Art. 18 y Art. 25 – El Art. 18 introduce: a) la nueva circunstancia agravante del delito de incitación a la desobediencia de las leyes (Art. 415 del Código Penal, que prevé una pena de hasta cinco años), si se comete dentro de una prisión por detenidos o también mediante comunicaciones dirigidas a personas detenidas; b) el nuevo Art. 415 bis del Código Penal que castiga con penas de prisión de hasta ocho años a «quien, dentro de un establecimiento penitenciario, promueva, organice o dirija un motín con actos de violencia o amenazas, con resistencia, incluida la resistencia pasiva a la ejecución de órdenes o con tentativas de evasión, cometidos conjuntamente por tres o más personas». Las penas pueden aumentar, en determinados casos (lesiones personales, uso de armas, etc.) hasta 20 años. El artículo 25 completa las normas anteriores previendo la exclusión de los presos instigadores o rebeldes (¡incluso pasivos!) de los beneficios penitenciarios, equiparándolos a mafiosos y terroristas.
Art. 19 – Aplica las disposiciones del art. 18 para los presos en prisión a los inmigrantes detenidos en CPR, confirmando su carácter carcelario. Esta legislación anula cualquier derecho de los detenidos y los aniquila a seres sin dignidad, sometidos al imperio absoluto y a la arbitrariedad y al chantaje permanente del personal penitenciario.
Art. 23 – El gobierno Renzi ya había concedido, con el decreto-ley n. 7/2015, a los funcionarios y agentes de los servicios secretos, infiltrados en asociaciones terroristas o subversivas, la inmunidad penal en caso de comisión de delitos de asociación con fines terroristas. La norma, que fue transitoria y prorrogada en varias ocasiones, se convierte ahora en permanente y prevé la extensión de la inmunidad penal para la dirección y organización de asociaciones terroristas, incluidas las internacionales, y subversivas del orden democrático, así como en el caso de fabricación o tenencia de artefactos o material con fines terroristas. Se pasa así de la figura del agente infiltrado a la del agente provocador, o -peor aún- al organizador de atentados y masacres.
Además, equipara el cannabis light al no light, prohibiendo así el cultivo y comercio de inflorescencias incluso de cannabis con un contenido de thc inferior al 0,2%. Una posibilidad que tendría repercusiones muy graves en todos los negocios del sector
Finalmente quieren añadir un apartado donde a los migrantes sin documentos, los migrantes sin papeles no pueden poseer una tarjeta telefónica y las tiendas que se las venden pueden ser cerradas por una temporada.
Notas:
1 Secretario (jefe) de la Liga Norte
2 Apodo de los pasillos del Parlamento
3 Desde el inicio del 2024 en las cárceles italianas ya han muerto 110 presos
4 Fue presidente de un gobierno de centro izquierda, hasta las últimas elecciones europeas fue Comisario Europeo de Asuntos Económicos y Monetarios
5 Ministro del interior de izquierda (ex PCI). Es el que instituyó los CIEs
6 El Daspo es una medida de la policía que prohíbe a una persona considerada peligrosa entrar en lugares donde se celebren determinados actos.
Fuente:
–https://www.osservatoriorepressione.info/ok-dalla-camera-al-ddl-1660-sulla-sicurezza/
-Extracto del dossier «Las cárceles se cierran con fuego» del grupo «Anarquistas contra la cárcel y la represión» Cagliari, Cerdeña.
En la cárcel, el tiempo se mide con un «reloj de arena sin arena». Al preso se le priva de libertad y de años de vida, y se intenta arrebatarle su dignidad mediante humillaciones diarias y continuas, especialmente en las formas más restrictivas. En la cárcel, la vida, o tal vez sea mejor hablar de ‘muerte en vida’, está en manos de la jerarquía que desde los guardias llega al Tribunal de Vigilancia que, en nombre del Estado, tortura y actúa contra lo que en la opinión común, conformada por lógicas racistas y securitarias, es el enemigo que, de vez en cuando, se identifica con el militante revolucionario, el sureño, el emigrante, el sin techo, el pobre, el proletario.
Ninguna lucha social que quiera cambiar lo existente por un mundo sin estados, sin amos, sin fronteras, basado en la solidaridad y el apoyo mutuo puede prescindir de la lucha contra los multiformes tipos de cárceles existentes, porque en la cárcel se ejerce la represión más violenta y encubierta del malestar y el conflicto de clase.
Desde el inicio del 2024 han muerto más que 110 presos. Las muertes de los presos no pueden reducirse a una lista interminable que sólo interesa a unos pocos. Cuando una persona muere, sea cual sea su experiencia, su vida llega a su fin y con ella terminan historias, experiencias, sueños, esperanzas. En las cárceles se rompen vidas, ya sea directamente por los hombres del sistema, sean policías, jueces o lo que sea, o indirectamente, a través de una cantidad de dolor que lleva a la muerte sin que nadie de fuera lo perciba. Las historias de los presos no pueden simplemente borrarse, ocultarse tras muros de hormigón y verjas de acero. La mayoría de ellos no han tenido otra opción en la vida que alejarse pasiva o activamente del sistema capitalista. Nos solidarizamos con todos y nos hacemos cómplices de quienes luchan contra quienes han determinado nuestro pasado, determinan nuestro presente y pretenden borrar nuestro futuro.
La mayoría de las muertes se deben al suicidio. La vida en unos pocos metros cuadrados a temperaturas de hasta 50 grados es ciertamente insoportable. Pero algunos de estos suicidios no dejan de ser extraños. Los presos, encerrados en régimen de aislamiento por razones disciplinarias, generalmente atribuibles a reacciones a agresiones de los guardias, aparecen muertos. A los presos que provocan incendios en sus celdas se les deja morir quemados y se culpa a sus compañeros de celda, a los presos gravemente enfermos se les deja morir sin tratamiento. Algunas de las muertes se registran en los hospitales, pero sólo por razones estadísticas para salvaguardar la imagen de la administración penitenciaria. Aquí recordamos, esperando no haber olvidado a nadie, a los presos que murieron en 2024, con el sueño de un futuro sin más prisiones y sin presos del Estado.
Los presos saben que sólo hay 2 maneras de evitar ser encarcelados: escapar y/o rebelarse. Las revueltas son siempre muy escasas, las fugas con éxito son desgraciadamente aún menos.
En los últimos meses han estallado revueltas en muchas cárceles italianas contra la violencia y las torturas del sistema perpetradas por los funcionarios, sea cual sea su papel dentro de la administración penitenciaria. Es el momento en el que vuelve parte de la violencia, es el momento en el que el miedo ha cambiado de campo. El terror ha invadido de tal manera el campo del poder que en el parlamento se está aprobando el dl 1660 por el que cualquier tipo de revuelta o simple protesta en un centro de detención, incluida la negativa a volver a la celda y los golpes, se sanciona con penas de prisión de hasta 8 años. Del mismo modo, se sanciona lo que siempre hemos hecho (y queremos seguir haciendo), ir delante de las cárceles y comunicarnos con los presos.